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10 ene 2018
Considera que vuelve a poner en peligro la asistencia sanitaria en la Comunidad Autónoma Vasca a las personas extranjeras sin permiso de residencia
El pasado 20 de diciembre de 2017, el Boletín Oficial del Estado publicó la sentencia 134/2017 de 16 de noviembre por la que el Tribunal Constitucional (TC) ha decidido declarar inconstitucionales y nulos algunos de los preceptos del Decreto 114/2012, de 26 de junio, sobre el régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Este fallo se traduce básicamente en la negación de la asistencia sanitaria gratuita a las ciudadanas y ciudadanos extranjeros sin permiso de residencia.
La intención del Gobierno Vasco al promulgar aquel Decreto fue la de preservar el carácter universal del derecho a la protección de la salud que ya quedó garantizado con la promulgación de la Ley 8/1997 de 26 de junio de Ordenación Sanitaria de Euskadi, donde en su artículo 6 se establecieron como principios informadores del sistema sanitario de la Comunidad Autónoma Vasca los de universalidad, solidaridad y equidad. Unos principios que se vieron amenazados con la aprobación del Real Decreto 16/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
De acuerdo con las declaraciones recientes del consejero de Salud, Jon Darpón, el número de personas que corren el riesgo de quedarse sin asistencia sanitaria gratuita en la CAPV debido al fallo del Tribunal Constitucional asciende a unas 17 000. Un hecho para cuya solución el ejecutivo de Vitoria-Gasteiz ya ha comenzado a explorar distintas posibilidades.
Ante lo que considera un retroceso peligroso en lo que se refiere a la garantía de acceso al sistema sanitario público y gratuito de todas las ciudadanas y ciudadanos de Euskadi, el Colegio de Médicos de Bizkaia quiere manifestar:
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