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21 mar 2022
Se pagaba solo a las jubiladas mujeres
En 2021 se consiguió la primera sentencia, a la que han seguido otras en el mismo sentido, que reconocía a un colegiado el derecho a percibir un complemento del 5% de su pensión de jubilación, a la que tienen derecho los pensionistas siempre que se cumplan dos requisitos: ser padre de dos o más hijos y que se le reconociese la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 4 de febrero de 2021. Tras esta última fecha se operó un cambio legal que dificulta tal complemento.
Pero todo aquel que haya tenido hijas e hijos y se haya jubilado entre enero de 2016 y febrero de 2021 puede solicitar el complemento de pensión.
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Sentencias y Documentos Jurídicos
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